ARTICULO 125.-
Reglamento de la Ley General del Trabajo (00224)
23 de Agosto, 1943
Vigente
Reglamenta la Ley General del Trabajo
ARTICULO 125.-
Para el objeto anteriormente indicado, presentarán la respectiva solicitud ante el Ministerio del Trabajo, acompañando copia legalizada de los documentos siguientes:
a) | Acta de constitución; |
b) | Texto de los Estatutos en duplicado; |
c) | Acta de aprobación de los Estatutos; |
d) | Acta o poder en que conste la personalidad del que solicita el reconocimiento; |
e) | Nómina del Directorio; y |
f) | Nómina de socios. |