ARTÍCULO 110.- (TEMPERATURA Y HUMEDAD).
Decreto Supremo 2936
5 de Octubre, 2016
Vigente
Reglamenta la Ley 545 de 14/07/2014 (Ratifica el Convenio N° 167 "Convenio Sobre Seguridad y Salud en la Construcción", de la Organización Internacional del Trabajo - OIT)
ARTÍCULO 110.- (TEMPERATURA Y HUMEDAD).
Es obligación de la o el contratista proveer y mantener ropa y/o equipos protectores adecuados contra los riesgos provenientes de las substancias peligrosas, de la lluvia, humedad, frío, calor, radiaciones, ruidos, caídas de materiales y otros.