ARTICULO 52.-
Reglamento de la Ley General del Trabajo (00224)
23 de Agosto, 1943
Vigente
Reglamenta la Ley General del Trabajo
ARTICULO 52.-
Los trabajos prohibidos a mujeres y menores de 18 años por el artículo 58 de la Ley, serán los especificados en los artículos 16, 17, 18, 19 y 20 del Reglamento para la práctica del Decreto Supremo de 21 de septiembre de 1929, dictado por la Dirección General de Sanidad Pública. Sin embargo, el Ministerio del Trabajo podrá conceder autorizaciones especiales en casos determinados.