ARTICULO 44.-

Reglamento de la Ley General del Trabajo (00224)

23 de Agosto, 1943

Vigente

Reglamenta la Ley General del Trabajo


ARTICULO 44.-
La mujer casada puede recibir el 50 por ciento de la remuneración devengada por su esposo declarado vicioso, a petición de ella, por el respectivo Juez del Trabajo, quedando obligado el patrono a efectuar los descuentos que corresponda.