Artículo 31. (Examen de Nivelación en Educación de Personas Jóvenes y Adultas).

Normas Generales para la Gestión Educativa 2015 del Subsistema de Educación Alternativa y Especial (NGGESEAE 2016)

4 de Enero, 2016

Vigente

Normas Generales para la Gestión Educativa 2016 del Subsistema de Educación Alternativa y Especial, aprobadas por RM ME 001/2016 de 04/01/2016


Artículo 31. (Examen de Nivelación en Educación de Personas Jóvenes y Adultas).
I. Las y los participantes de los Centros de Educación Alternativa que en la gestión hubieran reprobado o postergado un área de saberes y conocimientos en el primer y/o segundo semestre, podrán optar al Examen de Nivelación que será organizado y desarrollado por los Centros de Educación Alternativa a la finalización de cada semestre.

II. El reporte de las calificaciones obtenidas por las y los estudiantes que accedieron al examen de nivelación deberá realizarse conforme las previsiones contenidas en el Reglamento Específico de Libreta de Calificaciones Electrónica y Certificado de Calificaciones Electrónica de Educación Alternativa, aprobadas mediante Resolución Ministerial N° 800/2015 de 23 de octubre de 2015.