Artículo 18. (Inscripciones extemporáneas en el ámbito de Educación Especial).
Normas Generales para la Gestión Educativa 2015 del Subsistema de Educación Alternativa y Especial (NGGESEAE 2016)
4 de Enero, 2016
Vigente
Normas Generales para la Gestión Educativa 2016 del Subsistema de Educación Alternativa y Especial, aprobadas por RM ME 001/2016 de 04/01/2016
Artículo 18. (Inscripciones extemporáneas en el ámbito de Educación Especial).
I. | En casos de enfermedad, tratamiento médico,
accidente o hecho fortuito no atribuible a la persona y que requiera
de una formación basada en un currículo específico de Educación
Especial, podrá inscribirse a estos procesos en el momento que sea
necesario y conveniente, según programación individualizada y previa
evaluación de parte de los Centros de Educación Especial o Centros
Integrales Multisectoriales - CIMs. |
II. | Las y los estudiantes que requieran una atención específica en
las áreas de Discapacidad, Dificultades en el Aprendizaje y Talento Extraordinario podrán solicitar su inscripción en el momento que
sea necesario y conveniente en los Centros de Educación Especial
o Centros Integrales Multisectoriales debidamente autorizados para
atender en el área respectiva. |
III. | Estudiantes de 3° a 6° de Educación Primaria Comunitaria
Vocacional que presentan dificultades en el aprendizaje recibirán
atención educativa en los Centros de Educación Especial que
prestan el servicio, previo cumplimiento de requisitos establecidos
mediante instructivo del Ministerio de Educación a través del
Viceministerio de Educación Alternativa y Especial y la Dirección
General de Educación Especial. |
IV. | La o el Director del Centro de Educación Especial deberá elevar un informe bimestral documentado sobre estas inscripciones extemporáneas a la Dirección Distrital de Educación y ésta a la Subdirección de Educación Alternativa y Especial. La Dirección Departamental de Educación, a través de la Subdirección de Educación Alternativa y Especial, remitirá la información y documentación requerida al Sistema de Información Educativa del Ministerio de Educación y a la Dirección General de Educación Especial, según instructivo emitido por ésta última instancia. |