Artículo 60. (Emergencias y/o desastres en educación).
Normas Generales para la Gestión Educativa 2016 del Subsistema de Educación Regular (NGGESER 2016)
4 de Enero, 2016
Vigente
Normas Generales para la Gestión Educativa 2015 del Subsistema de Educación Regular, aprobadas por RM ME 001/2015 de 04/01/2016
Artículo 60. (Emergencias y/o desastres en educación).
Toda
situación de emergencia que se presente en el territorio del Estado
Plurinacional afecta de forma directa e indirecta a la gestión
educativa, y con el fin de prevenir y mitigar el impacto en la gestión
y calidad educativa, se debe tomar en cuenta lo siguiente:
I. | Los Directores Departamentales de Educación y Directores
Distritales deberán organizar en el nivel departamental las
“Comisiones de Gestión del Riesgo en Educación” articulados
a las Direcciones y/o Unidades de Gestión del Riesgo de las
Gobernaciones y Municipios, respectivamente, en el marco del
documento “Lineamientos para la Atención de Emergencias
y/o Desastres en el Sector Educativo” y la “Declaración de
Cochabamba”. |
II. | Planes de emergencia y/o planes de seguridad escolar: |
a) | Las Direcciones Departamentales de Educación deben actualizar
los planes de emergencia elaborados en gestiones pasadas y
socializar al personal de la Dirección Departamental, Direcciones
Distritales de Educación, Direcciones de Unidades Educativas
y a Direcciones y/o Unidades de Gestión del Riesgo de las
Gobernaciones, Municipios y representantes del magisterio. | |
b) | Las unidades educativas que han elaborado Planes de
Emergencia y/o Seguridad Escolar y/o Seguridad Educativa en
las gestiones pasadas, con el apoyo de Defensa Civil, Gobiernos
Departamentales y/o Municipales, agencias humanitarias
u otras, deberán actualizar, revisar y adecuar sus planes de
emergencia e informar a las Direcciones Departamentales de
Educación a través de sus Direcciones Distritales. | |
c) | Las unidades educativas identificadas como de “Alto Riesgo”
en los Planes Departamentales de Emergencia deberán
revisar sus planes de seguridad educativa e incorporar en el
POA de la gestión 2016, en coordinación con las Direcciones
y/o Unidades de Gestión de Riesgos de las Gobernaciones,
Municipios y Direcciones Departamentales de Defensa Civil. | |
d) | Las Direcciones Departamentales de Educación, con las
Direcciones Distritales de Educación y de unidades educativas,
deberán realizar un ejercicio de simulación y simulacro para
probar la eficacia del Plan de Emergencia Departamental. |
III. | Información Educativa en Situaciones de Emergencia. |
a) | Ante la ocurrencia de emergencias y/o desastres manifestados que afecten la gestión educativa y pongan en riesgo la calidad
educativa, se debe aplicar el Formulario de Evaluación de
Daños y Análisis de Necesidades en Educación, basado
en el protocolo a ser enviado por el Sistema de Información
Educativa del Ministerio de Educación (EDAN-E). | |
b) | Padres y madres de familia deben apoyar en la organización de las Comisiones de Gestión del Riesgo en Educación en su ámbito de competencia. |