Artículo 60. (Emergencias y/o desastres en educación).

Normas Generales para la Gestión Educativa 2016 del Subsistema de Educación Regular (NGGESER 2016)

4 de Enero, 2016

Vigente

Normas Generales para la Gestión Educativa 2015 del Subsistema de Educación Regular, aprobadas por RM ME 001/2015 de 04/01/2016


Artículo 60. (Emergencias y/o desastres en educación).
Toda situación de emergencia que se presente en el territorio del Estado Plurinacional afecta de forma directa e indirecta a la gestión educativa, y con el fin de prevenir y mitigar el impacto en la gestión y calidad educativa, se debe tomar en cuenta lo siguiente:

I. Los Directores Departamentales de Educación y Directores Distritales deberán organizar en el nivel departamental las “Comisiones de Gestión del Riesgo en Educación” articulados a las Direcciones y/o Unidades de Gestión del Riesgo de las Gobernaciones y Municipios, respectivamente, en el marco del documento “Lineamientos para la Atención de Emergencias y/o Desastres en el Sector Educativo” y la “Declaración de Cochabamba”.

II. Planes de emergencia y/o planes de seguridad escolar:

a) Las Direcciones Departamentales de Educación deben actualizar los planes de emergencia elaborados en gestiones pasadas y socializar al personal de la Dirección Departamental, Direcciones Distritales de Educación, Direcciones de Unidades Educativas y a Direcciones y/o Unidades de Gestión del Riesgo de las Gobernaciones, Municipios y representantes del magisterio.

b) Las unidades educativas que han elaborado Planes de Emergencia y/o Seguridad Escolar y/o Seguridad Educativa en las gestiones pasadas, con el apoyo de Defensa Civil, Gobiernos Departamentales y/o Municipales, agencias humanitarias u otras, deberán actualizar, revisar y adecuar sus planes de emergencia e informar a las Direcciones Departamentales de Educación a través de sus Direcciones Distritales.

c) Las unidades educativas identificadas como de “Alto Riesgo” en los Planes Departamentales de Emergencia deberán revisar sus planes de seguridad educativa e incorporar en el POA de la gestión 2016, en coordinación con las Direcciones y/o Unidades de Gestión de Riesgos de las Gobernaciones, Municipios y Direcciones Departamentales de Defensa Civil.

d) Las Direcciones Departamentales de Educación, con las Direcciones Distritales de Educación y de unidades educativas, deberán realizar un ejercicio de simulación y simulacro para probar la eficacia del Plan de Emergencia Departamental.

III. Información Educativa en Situaciones de Emergencia.

a) Ante la ocurrencia de emergencias y/o desastres manifestados que afecten la gestión educativa y pongan en riesgo la calidad educativa, se debe aplicar el Formulario de Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades en Educación, basado en el protocolo a ser enviado por el Sistema de Información Educativa del Ministerio de Educación (EDAN-E).

b) Padres y madres de familia deben apoyar en la organización de las Comisiones de Gestión del Riesgo en Educación en su ámbito de competencia.