ARTÍCULO 49.- (REGISTRO CLASIFICADO DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO POLICIAL).
Decreto Supremo 2696
9 de Marzo, 2016
Vigente
Modifica e incorpora artículos al DS 2175 de 05/11/2014, Reglamento a la Ley 400, de 18/09/2013, de Control de Armas de Fuego, Munición, Explosivos y otros Materiales Relacionados.
ARTÍCULO 49.- (REGISTRO CLASIFICADO DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO POLICIAL).
| I. | El Registro Clasificado de Armas de Fuego, Municiones y Explosivos de Uso Policial – REACUP y su control, dependiente del Ministerio de Gobierno y es administrado por el Comando General de la Policía Boliviana, a través de la instancia nacional de armamento y equipo y del Instituto de Investigaciones Técnico Científicas de la Policía Boliviana, dependiente de la Universidad Policial – IITCUP. |
| II. | Cada Comando Departamental contará con un área encargada del registro y control de armas de fuego, municiones, explosivos y otros artefactos y materiales relacionados de uso policial, debiendo enviar mensualmente copias de sus inventarios al Comando General de la Policía Boliviana. |
| III. |
Los organismos y unidades operativas de la Policía Boliviana deberán permitir el ingreso del personal autorizado de la instancia nacional de armamento y equipo del Comando General de la Policía Boliviana y las Divisiones encargadas de armamento en cada Comando Departamental, con la finalidad de que éstas cumplan sus funciones de registro, supervisión y control, conforme a reglamentación interna. |
| IV. |
El REACUP deberá contemplar la siguiente clasificación: |
| a) | Armas de fuego, municiones, explosivos o materiales relacionados de uso policial, entregados a la Policía Boliviana en calidad de dotación institucional;
| |
| b) | Armas de fuego y municiones de uso policial, entregadas a los servidores de la Policía Boliviana en calidad de dotación individual; | |
| c) | Armas de fuego y municiones, similares a las de dotación individual, de propiedad de los servidores publicas policiales, para uso exclusivo en el cumplimiento de sus funciones. |