Artículo 41. (RESPONSABILIDADES DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES).
Ley de Gestión Integral de Residuos (755)
28 de Octubre, 2015
Vigente
Establece la política general y el régimen jurídico de la Gestión Integral de Residuos en el Estado Plurinacional de Bolivia, priorizando la prevención para la reducción de la generación de residuos, su aprovechamiento y disposición final sanitaria y ambientalmente segura. Incorpora el numeral 11 al Artículo 216 del Código Penal y modifica el Artículo 31 de la Ley 1333 de 27/04/1992 - Ley de Medio Ambiente
Artículo 41. (RESPONSABILIDADES DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES).
Los gobiernos autónomos municipales, en el marco del régimen y las políticas de la presente Ley, tienen las siguientes responsabilidades, dispuestas de forma enunciativa y no limitativa:
| a) | Reglamentar y ejecutar en su jurisdicción las responsabilidades asignadas en
la presente Ley.
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| b) | Ejecutar el régimen y la política nacional relativa a la Gestión Integral de Residuos. |
| c) | Establecer y aplicar la planificación municipal para la Gestión Integral de Residuos, en concordancia con los principios y las políticas de la presente Ley, la planificación departamental y nacional. |
| d) | Incluir la Gestión Integral de Residuos en la Planificación de Desarrollo Municipal. |
| e) | Elaborar proyectos para la implementación de la Gestión Integral de Residuos. |
| f) | Implementar y ejecutar proyectos de Gestión Integral de Residuos. |
| g) | Apoyar la ejecución de proyectos de Gestión Integral de Residuos Industriales, Peligrosos y Especiales, de forma coordinada con los diferentes niveles de gobierno y el sector productivo. |
| h) | Implementar proyectos de cierre o saneamiento de las instalaciones o sitios de responsabilidad municipal, que presentan problemas de contaminación originados por la gestión inadecuada de los residuos. |
| i) | Monitorear y hacer seguimiento a los problemas de contaminación originados por la gestión inadecuada de los residuos, y exigir las acciones correctivas y de mitigación a la Autoridad Ambiental Competente. |
| j) | Elaborar, actualizar y difundir la información relativa a la implementación de la Gestión Integral de Residuos en su jurisdicción, para alimentar al Sistema de Información de Gestión Integral de Residuos. |
| k) | Emitir las autorizaciones y los registros correspondientes de los operadores autorizados, que realicen servicios en gestión operativa de residuos municipales dentro su jurisdicción e imponer las sanciones cuando corresponda, en el ámbito de sus competencias. |
| l) | Identificar y determinar dentro del Plan de Ordenamiento Territorial, la ubicación de sitios o espacios para la implementación de infraestructuras de disposición final y tratamiento de residuos. |