ARTICULO 201º.-

Codigo Tributario (1340)

28 de Mayo, 1992

Abrogada

Aprueba el Código Tributario


ARTICULO 201º.-
En competencia de las distintas Salas del Tribunal Fiscal.

1º) El conocimiento, sustanciación y resolución, en primera instancia, de todas las causas contencioso - tributarias.

2º) Resolver las excusas de sus Vocales y su personal.