ARTÍCULO 420. (SISTEMA DE PROCESOS).

Código de las Familias y del Proceso Familiar (CFPF)

19 de Noviembre, 2014

Vigente

Regula los derechos de las familias, las relaciones familiares y los derechos, deberes y obligaciones de sus integrantes, sin discriminación ni distinción alguna.


ARTÍCULO 420. (SISTEMA DE PROCESOS).
I. El sistema de procesos en materia familiar está constituido por el proceso ordinario, el proceso extraordinario y el proceso de resolución inmediata.

II. Las pretensiones innominadas en materia familiar, serán tramitadas en proceso ordinario.