ARTÍCULO 301. (SOLICITUD DE COPIAS DEL EXPEDIENTE).
Código de las Familias y del Proceso Familiar (CFPF)
19 de Noviembre, 2014
Vigente
Regula los derechos de las familias, las relaciones familiares y los derechos, deberes y obligaciones de sus integrantes, sin discriminación ni distinción alguna.
ARTÍCULO 301. (SOLICITUD DE COPIAS DEL EXPEDIENTE).
Las partes tienen derecho, en cualquier momento, a solicitar de manera verbal o escrita fotocopia simple o legalizada parcial o total de su expediente, que serán expedidas por la o el secretario en el plazo máximo de un (1) día.