ARTÍCULO 283. (ALCANCE).

Código de las Familias y del Proceso Familiar (CFPF)

19 de Noviembre, 2014

Vigente

Regula los derechos de las familias, las relaciones familiares y los derechos, deberes y obligaciones de sus integrantes, sin discriminación ni distinción alguna.


ARTÍCULO 283. (ALCANCE).
Las medidas cautelares patrimoniales limitan el ejercicio de derechos sobre bienes inmuebles o muebles, dineros o derechos de contenido patrimonial por parte de su titular.