ARTÍCULO 204. (FORMAS).

Código de las Familias y del Proceso Familiar (CFPF)

19 de Noviembre, 2014

Vigente

Regula los derechos de las familias, las relaciones familiares y los derechos, deberes y obligaciones de sus integrantes, sin discriminación ni distinción alguna.


ARTÍCULO 204. (FORMAS).
El matrimonio y la unión libre se extingue por:

a) El fallecimiento o la declaración de fallecimiento presunto de la o el cónyuge.

b) Divorcio o desvinculación.