ARTÍCULO 38. (SITUACIÓN DE HIJAS E HIJOS MENORES DE EDAD).

Código de las Familias y del Proceso Familiar (CFPF)

19 de Noviembre, 2014

Vigente

Regula los derechos de las familias, las relaciones familiares y los derechos, deberes y obligaciones de sus integrantes, sin discriminación ni distinción alguna.


ARTÍCULO 38. (SITUACIÓN DE HIJAS E HIJOS MENORES DE EDAD).
I. Las y los hijos menores de edad no emancipados, estarán bajo autoridad de la madre, del padre o de ambos.

II. La o el hijo menor de edad no puede ser separado de su madre, de su padre o de ambos, guardadora o guardador y tutora o tutor, sino conforme a las causas y condiciones establecidas por el presente Código y el Código Niña, Niño y Adolescente.