ARTÍCULO 42.- (MANUAL DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO).
Reglamento Técnico para el Diseño, Construcción, Operación, Mantenimiento y Abandono de Plantas de Gas Natural Licuado – GNL y Estaciones de Regasificación (RTDCOMAPGNLER)
22 de Octubre, 2014
Vigente
Reglamento Técnico para el Diseño, Construcción, Operación, Mantenimiento y Abandono de Plantas de Gas Natural Licuado – GNL y Estaciones de Regasificación, aprobado por DS 2159 de 22/10/2014
ARTÍCULO 42.- (MANUAL DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO).
I. | El Licenciatario -de una Planta de GNL y/o Estación de Regasificación deberá contar con los respectivos procedimientos de Operación y Mantenimiento, referido en la norma NFPA 59A u otra norma equivalente. | ||||||||||||||||||||||
II. | En adición a la información y los procedimientos referidos en la norma NFPA 59A u otra norma equivalente, los Manuales de Operación y Mantenimiento deberán contener la siguiente información y procedimientos con relación a la Operación y Mantenimiento de la Planta de GNL o Estación de Regasificación:
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III. | En el lugar de operación de la Planta de GNL o Estación de Regasificación, se deberán:
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IV. | Este documento debe estar al alcance del personal operativo en la Planta de GNL y Estación de Regasificación. Este manual forma parte del Sistema de Gestión de Seguridad y Riesgos. |