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Recopilación de Normas Servicios Financieros LIBRO III - TÍTULO VII

7 de Enero, 2013

Vigente

Libro III (Regulación de Riesgos) - Título VII (Requisitos Mínimos de Seguridad)


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Artículo 1° - (Objeto)

El presente Reglamento tiene por objeto establecer lineamientos y condiciones para la Gestión de Seguridad Física, que deben implementar las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) y las Empresas de Servicios Financieros Complementarios para la prestación de servicios a sus clientes y usuarios.

Artículo 2° - (Ámbito de aplicación)

Se encuentran sujetos al ámbito de aplicación del presente Reglamento, los Bancos, Mutuales de Ahorro y Préstamo, Entidades Financieras de Vivienda, Cooperativas de Ahorro y Crédito Abiertas, Cooperativas de Ahorro y Crédito Societarias, Instituciones Financieras de Desarrollo, Empresas de Arrendamiento Financiero, Empresas de Servicios de Pago Móvil, Casas de Cambio, Empresas de Giro y Remesas de Dinero y Empresas de Transporte de Material Monetario y Valores, que cuenten con licencia de funcionamiento otorgada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), denominadas en adelante entidades supervisadas.

Artículo 3° - (Definiciones)

Para efectos de las disposiciones, contenidas en el presente Reglamento, se considerarán las siguientes definiciones:

a) Área de exclusión: Área de acceso restringido identificada en las instalaciones de la entidad supervisada.

b) Botón de pánico: Dispositivo electrónico que genera una señal de auxilio no audible que comunica la ocurrencia de un incidente de seguridad física a la central de monitoreo.

c) Bóveda principal: Área destinada a la custodia y atesoramiento del material monetario y/o valores.

d) Bóveda auxiliar: Área destinada a la custodia y atesoramiento transitorio del material monetario y/o valores, durante la atención de las operaciones y/o al cierre del día.

e) Caja fuerte bóveda: Equipo físico destinado a la custodia y atesoramiento del material monetario y/o valores.

f) Caja fuerte auxiliar: Equipo físico destinado a la custodia y atesoramiento transitorio de una parte del material monetario y/o valores.

g) Caja tipo buzón: Permite el atesoramiento transitorio de material monetario y/o valores con ubicación en el área de ventanillas de atención al público.

h) Camino de ronda: Recorrido que el guardia privado o policía de seguridad, realiza a lo largo de los pasillos, salidas de emergencia, gradas, áreas de carga o descarga, garajes, áreas comunes y otras áreas, con el objeto de velar por la integridad física de las personas y la seguridad de los activos de la entidad.

i) Circuito cerrado de televisión: Sistema de transmisión de imágenes compuesto por un número determinado de cámaras que transmiten las señales capturadas a uno o más monitores, que forman un conjunto cerrado y limitado, en adelante CCTV.

j) Central de monitoreo: Área de exclusión donde están instaladas las centrales para la recepción de señales provenientes de los sistemas de alarma y almacenamiento de las grabaciones de las cámaras de Circuito Cerrado de TV (CCTV).

k) Corresponsal financiero: Puede ser corresponsal financiero, la Entidad de Intermediación Financiera con Licencia Funcionamiento, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Societario, previa autorización de ASFI, la Institución Financiera de Desarrollo con Certificado de Adecuación, la Empresa de Transporte de Material Monetario y Valores y la Casa de Cambio con Personalidad Jurídica, que cuenten con Licencia de Funcionamiento;

l) Corresponsal no financiero: Es la persona natural o jurídica legalmente constituida que no realiza actividades de intermediación financiera o de servicios financieros complementarios;

m) Contacto magnético: Dispositivo electrónico que se activa al separar un contacto eléctrico de un imán, rompiendo el campo magnético y activando el sistema de alarma, utilizado para el control de apertura de puertas y ventanas.

n) Detector inercial: Dispositivo electrónico que activa el sistema de alarma ante la detección de vibraciones en el suelo o paredes.

o) Diagnóstico de seguridad física: Resultado del análisis que se realiza a la infraestructura, entorno y medidas de seguridad física de una entidad supervisada, que tiene como fin permitir conocer las características específicas, vulnerabilidades y amenazas a las que están expuestas las instalaciones.

p) Empresa de seguridad privada: Empresa privada autorizada por la instancia competente para prestar servicios remunerados de seguridad física a entidades financieras y empresas de servicios auxiliares financieros, que incluyen la provisión de guardias, sistemas de alarma, monitoreo y/o vigilancia motorizada entre otros.

q) Equipo Anti-skimming: Equipo instalado en el cajero automático que previene el robo de identidad y reduce el fraude.

r) Gestión de seguridad física: Conjunto de objetivos, políticas, procedimientos, planes y acciones que implementa la entidad supervisada con el objeto de proteger la integridad física de las personas, así como los activos que se encuentren bajo su custodia, en el interior o fuera de sus instalaciones, asimismo, la seguridad de su personal cuando estos realicen operaciones y servicios fuera de las dependencias de la entidad;

s) Guardia privado: Personal dependiente de una empresa de seguridad privada, autorizada por la instancia competente, que vigila, protege y custodia la integridad física de las personas y/o activos asignados.

t) Grupo electrógeno: Equipo generador de electricidad por medio de un motor de combustión interna, que garantiza el suministro ininterrumpido de energía para los sistemas eléctricos de seguridad física.

u) Incidente de seguridad física: Cualquier evento o acontecimiento que causa daños o pérdidas de vidas humanas, activos e imagen institucional de la entidad supervisada.

v) Medidas de seguridad física: Son los procesos físicos, humanos y tecnológicos adoptados por la entidad supervisada que en forma aislada o combinada, minimizan, retardan, impiden y/o neutralizan riesgos de incidentes de seguridad física y sus consecuencias.

w) Nivel de riesgo ante incidentes de seguridad física: Es el grado de exposición a daños o pérdidas ocasionadas por incidentes de seguridad física.

x) Particionado: Es el procedimiento por el cual se divide un sistema de alarma en dos o más áreas de forma que puedan activarse o desactivarse en forma independiente.

y) Personal de Vigilancia: Personal perteneciente a la Policía Boliviana o Empresa de Seguridad Privada que brinda seguridad a las personas en las instalaciones y los activos de la entidad.

z) Plan de seguridad física: Documento aprobado por la instancia competente, que establece los cursos de acción, medios y recursos que serán implementados para proporcionar seguridad física en las instalaciones de la entidad supervisada, así como a las operaciones y servicios que realice;

aa) Policía de seguridad: Personal de la Policía Boliviana provisto de armas de fuego, que presta servicios de protección y/o custodia de la integridad física de las personas y/o activos asignados.

bb) Punto de Atención Financiero (PAF): Instalación o establecimiento equipado para realizar operaciones de intermediación financiera o servicios auxiliares financieros, según corresponda, en el marco de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (LBEF) en el territorio nacional y de acuerdo a lo establecido en la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras (RNBEF).

cc) Sensor infrarrojo: Dispositivo electrónico que emite un rayo infrarrojo continuo, cuya interferencia de elementos extraños, activa el sistema de alarma.

dd) Sensor de ruptura de cristal: Dispositivo electrónico que detecta las frecuencias del sonido que producen los vidrios al astillarse, a través de un micrófono instalado en su interior.

ee) Sensor sísmico: Dispositivo electrónico que detecta golpes o vibraciones, instalados en el suelo o paredes alrededor de bóveda(s) o caja(s) fuerte(s) bóveda.

ff) Sirenas de Alarma: Luces de alarma u otros elementos disuasivos que alerten a los transeúntes o personal de vigilancia de un incidente de seguridad física.

gg) Skimming: Robo de información de tarjetas de débito o crédito al momento de efectuar una transacción, con la finalidad de reproducir o clonar la tarjeta de crédito o débito para su posterior uso fraudulento.

hh) Vigilancia motorizada: Patrullaje disuasivo realizado por unidades motorizadas a las instalaciones de la entidad supervisada.

ii) Transporte de material monetario y/o títulos valores: Traslado físico de material monetario y/o valores, de un PAF a otro.

jj) Unidad de Seguridad Física: Unidad organizacional dependiente de la instancia ejecutiva que corresponda, responsable de operativizar e informar sobre la gestión de seguridad física en la entidad supervisada. Su tamaño y estructura interna debe estar en relación y nivel de riesgo a incidentes de seguridad física y volumen de operaciones de los PAF.