ARTÍCULO 13. (SISTEMA PLURINACIONAL INTEGRAL DE LA NIÑA, NIÑO Y ADOLESCENTE).
Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA)
17 de Julio, 2014
Vigente
Código Niña, Niño y Adolescente aprobado por Ley 548 de 17/07/2014.
Abroga el Código del Niño, Niña y Adolescente aprobado por Ley 2026 de 26/10/1999; DS 26086 de 23/02/2001 - Reglamento del Código del Niño, Niña y Adolescente; y DS 24447 de 20/12/1996 - Reglamento a la Ley de Participación Popular y Descentralización. Deroga el artículo 389 del Código de Procedimiento Penal; Artículo 70 num. 6) de la Ley 025 de 24/06/2010 - Ley del Órgano Judicial; y Artículo 26 de la Ley 2298 de 20/12/2001 - Ley de Ejecución Penal y Supervisión.
ARTÍCULO 13. (SISTEMA PLURINACIONAL INTEGRAL DE LA NIÑA, NIÑO Y ADOLESCENTE).
I. | Está compuesto por el Sistema Plurinacional de Protección Integral de la Niña, Niño y Adolescente, y el Sistema Penal para Adolescentes; es el conjunto articulado de órganos, instancias, instituciones, organizaciones, entidades y servicios que tienen como objetivo primordial garantizar el pleno goce de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Para el cumplimiento de los fines del Sistema Plurinacional Integral, el presente Código establece los lineamientos del Plan Plurinacional, Planes Departamentales y Municipales de las niñas, niños y adolescentes, y sus respectivos Programas, en el marco de la Política Pública, sin perjuicio de que se creen otros programas por las instancias competentes. |
II. | El Sistema funciona en todos los niveles del Estado, a través de acciones intersectoriales de interés público, desarrolladas por entes del sector público y del sector privado. |