ARTÍCULO 13. (SISTEMA PLURINACIONAL INTEGRAL DE LA NIÑA, NIÑO Y ADOLESCENTE).

Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA)

17 de Julio, 2014

Vigente

Código Niña, Niño y Adolescente aprobado por Ley 548 de 17/07/2014. Abroga el Código del Niño, Niña y Adolescente aprobado por Ley 2026 de 26/10/1999; DS 26086 de 23/02/2001 - Reglamento del Código del Niño, Niña y Adolescente; y DS 24447 de 20/12/1996 - Reglamento a la Ley de Participación Popular y Descentralización. Deroga el artículo 389 del Código de Procedimiento Penal; Artículo 70 num. 6) de la Ley 025 de 24/06/2010 - Ley del Órgano Judicial; y Artículo 26 de la Ley 2298 de 20/12/2001 - Ley de Ejecución Penal y Supervisión.


ARTÍCULO 13. (SISTEMA PLURINACIONAL INTEGRAL DE LA NIÑA, NIÑO Y ADOLESCENTE).
I. Está compuesto por el Sistema Plurinacional de Protección Integral de la Niña, Niño y Adolescente, y el Sistema Penal para Adolescentes; es el conjunto articulado de órganos, instancias, instituciones, organizaciones, entidades y servicios que tienen como objetivo primordial garantizar el pleno goce de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Para el cumplimiento de los fines del Sistema Plurinacional Integral, el presente Código establece los lineamientos del Plan Plurinacional, Planes Departamentales y Municipales de las niñas, niños y adolescentes, y sus respectivos Programas, en el marco de la Política Pública, sin perjuicio de que se creen otros programas por las instancias competentes.

II. El Sistema funciona en todos los niveles del Estado, a través de acciones intersectoriales de interés público, desarrolladas por entes del sector público y del sector privado.