Artículo 33 INFORMACIÓN Y FORMACIÓN
Instrumento Internacional OIT - Convenio C 167
20 de Junio, 1988
Vigente
Convenio sobre seguridad y salud en la construcción
Artículo 33 INFORMACIÓN Y FORMACIÓN
Deberá facilitarse a los trabajadores, de manera suficiente y adecuada:
a) | información sobre los riesgos para su seguridad y su salud a que pueden estar expuestos en el lugar de trabajo; |
b) | instrucción y formación sobre los medios disponibles para prevenir y controlar tales riesgos y para protegerse de ellos. |