ARTÍCULO 12.- (PROCEDIMIENTO).
Reglamento de la Ley 356, Ley General de Cooperativas (1995)
13 de Mayo, 2014
Vigente
Reglamenta la Ley 356, de 11/04/2013 - Ley General de Cooperativas. Modifica los artículo 85 y 86 del DS 29894 de 07/20/2009 (Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional)
ARTÍCULO 12.- (PROCEDIMIENTO).
| I. | La solicitud de personalidad jurídica debe ser presentada ante la AFCOOP por el Consejo de Administración electo, dentro de los noventa (90) días calendario de constituida la Cooperativa, adjuntando la documentación exigida en los Artículos precedentes. | ||||||
| II. | La AFCOOP, dentro del plazo de diez (10) días hábiles administrativos, computables a partir de la presentación de solicitud de personalidad jurídica, deberá emitir informe técnico de verificación y viabilidad:
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