DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.-

Decreto Supremo 1929

14 de Marzo, 2014

Vigente

Dispone que los estudiantes de las Universidades Privadas, y las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas, reciban el Diploma Académico y el Título Profesional de forma conjunta.


DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.-
El Ministerio de Educación reglamentará los plazos y procedimientos administrativos específicos para la otorgación de los Títulos Profesionales, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.