Artículo 27. (DESIGNACIÓN Y PERIODO DE FUNCIONES).
Ley del Servicio Plurinacional de Defensa Pública (463)
19 de Diciembre, 2013
Vigente
Crea el Servicio Plurinacional de Defensa Pública, bajo tuición del Ministerio de Justicia, como institución descentralizada encargada del régimen de defensa penal pública de las personas denunciadas, imputadas o procesadas penalmente, Abroga la Ley 2496 de 04/08/2003 (Ley de Creacion del Servicio Nacional de la Defensa Publica)
Artículo 27. (DESIGNACIÓN Y PERIODO DE FUNCIONES).
I. | La Directora o el Director Nacional será designada o designado por la Ministra o el Ministro de Justicia mediante Resolución Ministerial, previa calificación de capacidad profesional y de méritos. |
II. | Ejercerá sus funciones por cinco (5) años, con posibilidad de una nueva designación. El designado o la designada, cumplido su período, podrá restituirse al Servicio. |
III. | El periodo de funciones de la Directora o el Director Nacional se interrumpirá por las causales establecidas en la presente Ley, debiendo la Ministra o el Ministro de Justicia designar a un nuevo titular. |