ARTÍCULO 161. (REQUISITOS DE LA CONFESIÓN).
CÓDIGO PROCESAL CIVIL (CPC)
19 de Noviembre, 2013
Vigente
Código Procesal Civil (Abroga el Código de Procedimiento Civil aprobado por DL 12760 de 06/08/1975)
ARTÍCULO 161. (REQUISITOS DE LA CONFESIÓN).
Los requisitos de la confesión son:
1. | Tener la o el confesante capacidad de obrar y poder de disposición sobre el derecho. |
2. | Recaer sobre hechos que produzcan consecuencias jurídicas adversas al confesante o favorables a quien la defiera. |
3. | Ser libre, expresa y consciente. |
4. | Versar sobre hechos personales de la o el confesante o de los que tuviere conocimiento directo. |
5. | Estar debidamente probada, si fuere extrajudicial. |