DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.-
Reglamento a la Ley del Ejercicio de la Abogacía (1760)
9 de Octubre, 2013
Vigente
Reglamenta la Ley 387 de 09/07/2013, del Ejercicio de la Abogacía
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.-
Los recursos presupuestados con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 387, para el registro público de abogados del Ministerio de Justicia, continuarán siendo administrados por dicha Cartera de Estado.