DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.-

Reglamento a la Ley del Ejercicio de la Abogacía (1760)

9 de Octubre, 2013

Vigente

Reglamenta la Ley 387 de 09/07/2013, del Ejercicio de la Abogacía


DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.-
Los recursos presupuestados con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 387, para el registro público de abogados del Ministerio de Justicia, continuarán siendo administrados por dicha Cartera de Estado.