Artículo 484. (REGISTROS DE INFORMACIÓN).
Ley de Servicios Financieros (393)
21 de Agosto, 2013
Vigente
Regula las actividades de
intermediación financiera y la prestación de los servicios financieros, así como la
organización y funcionamiento de las entidades financieras y prestadoras de
servicios financieros; la protección del consumidor financiero; y la participación del
Estado como rector del sistema financiero, velando por la universalidad de los
servicios financieros y orientando su funcionamiento en apoyo de las políticas de
desarrollo económico y social del país. (Abroga la Ley 1488 de 14/04/1993 - Ley de Bancos y Entidades Financieras)
Artículo 484. (REGISTROS DE INFORMACIÓN).
En el marco de preservar un sistema financiero sano y eficiente, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI conformará otros registros de información, sobre los siguientes temas:
a) | Relación de accionistas, socios o asociados de entidades financieras. |
b) | Relación de directores, consejeros de administración y de vigilancia, administradores, miembros de los órganos internos de control y funcionarios en general, de las entidades financieras. |
c) | Relación de firmas de auditoría externa habilitadas e inhabilitadas para realizar trabajos de auditoría en entidades financieras autorizadas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI. |
d) | Relación de cuentas corrientes cerradas por giro de cheques sin provisión de fondos. |
e) | Relación de deudores con créditos castigados por las entidades de intermediación financiera autorizadas, por veinte años, computables a partir del registro contable de dicho castigo; vencido este plazo opera el derecho al olvido para el prestatario, no pudiendo ser reportado con la deuda castigada. La normativa emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI establecerá los requisitos y condiciones para la aplicación de este derecho. |
f) | Registro de funcionarios y empleados, exfuncionarios y exempleados suspendidos o inhabilitados en el ejercicio de la actividad financiera. |
g) | Información estadística de carácter no personalizada sobre operaciones y clientes de las entidades financieras. |