ARTÍCULO 68.- (SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL).

Decreto Supremo 1560

17 de Abril, 2013

Vigente

Reglamenta la aplicación de la Ley 339 de 31/01/2013, de Delimitación de Unidades Territoriales, estableciendo los procedimientos administrativos en todas sus etapas para la delimitación de unidades territoriales interdepartamentales e intradepartamentales.


ARTÍCULO 68.- (SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL).
La gobernadora o gobernador y/o el responsable de las dependencias técnicas de límites del órgano ejecutivo del gobierno autónomo departamental, solicitará la información adicional que requiera, referida a la unidad territorial a delimitarse, a las instituciones que conforman la Coordinación Técnica Interinstitucional, misma que deberá ser proporcionada en el plazo máximo de diez (10) días hábiles desde la recepción de la solicitud.