ARTÍCULO 30.- (PRESENTACIÓN USO OBLIGATORIO DE LOS SISTEMAS OFICIALES DE GESTIÓN FISCAL).

Decreto Supremo 1460

10 de Enero, 2013

Abrogada

Reglamenta la aplicación de la Ley 317, de 11/12/2012, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2013.


ARTÍCULO 30.- (PRESENTACIÓN USO OBLIGATORIO DE LOS SISTEMAS OFICIALES DE GESTIÓN FISCAL).
I. Las entidades territoriales autónomas deben presentar la información de ejecución presupuestaria mensual conforme lo siguiente:

a) Las entidades territoriales autónomas que operen en el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa – SIGMA o en el Sistema de Gestión Pública – SIGEP, presentarán su información presupuestaria mensual en línea a través de los sistemas citados, no siendo necesaria la remisión de archivos digitales;

b) Las entidades territoriales autónomas no conectadas en línea al SIGMA o SIGEP; deberán utilizar la versión desconectada del SIGEP y presentar su información presupuestaria mensual conforme los formatos y procedimientos establecidos por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

II. En ninguno de los casos, es necesaria la presentación de información en medio impreso, por cuanto, conforme el Parágrafo II del Artículo 4 de la Ley Nº 211 , de 23 de diciembre de 2011, vigente por Ley Nº 317, la información generada tanto por el SIGMA como por el SIGEP tiene validez jurídica y fuerza probatoria al igual que los documentos escritos.