DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.-
Decreto Supremo 1391
24 de Octubre, 2012
Vigente
Aprueba el Reglamento General a la Ley 164 de 08/08/2011 (Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, para el Sector de Telecomunicaciones).
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.-
I. | La Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT, elaborará y presentará al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda para su aprobación, la propuesta de fórmula para el cálculo del Derecho de Uso de Frecuencias en base a los criterios establecidos en el reglamento y dentro del plazo de cuarenta (40) días a partir de su publicación. |
II. | En tanto se apruebe y aplique esta nueva fórmula de cálculo, se encuentra vigente para los pagos de Derechos de Uso de Frecuencias, lo establecido en la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 0897/2011, de 22 de diciembre de 2011, emitida por la ATT. |
III. | La fórmula de pago del Derecho de Uso de Frecuencia entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2013. |