Artículo 22. (FACILITAR EL ACCESO UNIVERSAL DEL PUEBLO BOLIVIANO A LA EDUCACIÓN Y SALUD).
Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien (300)
15 de Octubre, 2012
Vigente
Establece la visión y los fundamentos del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra para Vivir Bien, garantizando la continuidad de la capacidad de regeneración de los componentes y sistemas de vida de la Madre Tierra, recuperando y fortaleciendo los saberes locales y conocimientos ancestrales, en el marco de la complementariedad de derechos, obligaciones y deberes; así como los objetivos del desarrollo integral como medio para lograr el Vivir Bien, las bases para la planificación, gestión pública e inversiones y el marco institucional estratégico para su implementación.
Artículo 22. (FACILITAR EL ACCESO UNIVERSAL DEL PUEBLO BOLIVIANO A LA EDUCACIÓN Y SALUD).
El Estado Plurinacional de Bolivia fortalecerá las condiciones básicas para una vida integral y sana de las personas y de la sociedad así como de una educación relacionada con las necesidades del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra para Vivir Bien, en el marco de la Ley Nº 070 de la Educación "Avelino Siñani - Elizardo Pérez".