ARTÍCULO 14. (TURISMO DE BASE COMUNITARIA E INICIATIVA PRIVADA).

Ley General de Turismo Bolivia Te Espera (292)

25 de Septiembre, 2012

Vigente

Establece las políticas generales y el régimen del turismo del Estado Plurinacional de Bolivia, a fin de desarrollar, difundir, promover, incentivar y fomentar la actividad productiva de los sectores turísticos público, privado y comunitario, a través de la adecuación a los modelos de gestión existentes, fortaleciendo el modelo de turismo de base comunitaria, en el marco de las competencias exclusivas asignadas al nivel central del Estado por la Constitución Política del Estado.


ARTÍCULO 14. (TURISMO DE BASE COMUNITARIA E INICIATIVA PRIVADA).
El Estado Plurinacional de Bolivia, reconoce los siguientes modelos de gestión turística:

I. El turismo de base comunitaria es un modelo de gestión que deberá desarrollarse de manera armónica y sustentable, a través de emprendimientos turísticos donde las comunidades urbanas y rurales, naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas, participen en la planificación, organización y gestión de la oferta turística.

II. Los emprendimientos turísticos de iniciativa privada constituyen un modelo de gestión que en el marco de los lineamientos constitucionales, se desarrollarán de manera armónica y sustentable, promoviendo la participación de sus actores en la planificación, organización y gestión de la oferta turística.

III. Los modelos de gestión del turismo podrán establecer alianzas que posibiliten el desarrollo del sector, en el marco del respeto a sus formas de organización e inversiones.

IV. Los modelos de gestión deberán tomar en cuenta los principios de la vida en comunidad y fundamentalmente el de complementariedad en la prestación de servicios y redistribución de los beneficios provenientes de la actividad turística. Para este efecto los modelos de gestión del turismo detallados en los parágrafos I y II del presente Artículo, comprenden:

a) La planificación coordinada con los diferentes niveles del Estado.

b) La estructuración de la oferta turística bajo un sistema de catalogación de los recursos, evaluación del potencial turístico, creación de condiciones apropiadas de infraestructura turística y servicios inherentes a la oferta turística.

c) La regulación de la operación turística, a través del desarrollo de un sistema de registro de prestadores de servicios turísticos.

d) La creación de incentivos para el fomento, promoción y difusión del "Destino Bolivia".

e) La sensibilización turística, en todos los sectores relacionados con esta actividad.

f) La elaboración e implementación de acuerdos estratégicos nacionales e internacionales en materia turística para promover y difundir el "Destino Bolivia".