Artículo 63. (CURRÍCULA ESCOLAR Y DOCENTE).
Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana Para una Vida Segura (264)
31 de Julio, 2012
Vigente
Garantiza la seguridad ciudadana, promoviendo la paz y la tranquilidad social en el ámbito público y privado, procurando una mejor calidad de vida con el propósito de alcanzar el Vivir Bien a través del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana “Para una Vida Segura", en coordinación con los diferentes niveles de Estado.
Artículo 63. (CURRÍCULA ESCOLAR Y DOCENTE).
El Ministerio de Educación deberá incorporar en la currícula escolar y docente, contenidos de seguridad ciudadana y seguridad vial, en el marco del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana.