ARTÍCULO 48. (QUÓRUM).
Ley Orgánica del Ministerio Público (260)
11 de Julio, 2012
Vigente
Regula la organización, atribuciones y funcionamiento del Ministerio Público
ARTÍCULO 48. (QUÓRUM).
El Consejo del Ministerio Público sesionará válidamente con dos tercios del total de sus miembros. Las decisiones se adoptarán por simple mayoría.