ARTÍCULO 48. (QUÓRUM).

Ley Orgánica del Ministerio Público (260)

11 de Julio, 2012

Vigente

Regula la organización, atribuciones y funcionamiento del Ministerio Público


ARTÍCULO 48. (QUÓRUM).
El Consejo del Ministerio Público sesionará válidamente con dos tercios del total de sus miembros. Las decisiones se adoptarán por simple mayoría.