TERCERA.

Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas (259)

11 de Julio, 2012

Vigente

Regula el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, las acciones e instancias de prevención, protección, rehabilitación, control, restricción y prohibición, estableciendo las sanciones ante el incumplimiento de las mismas.


TERCERA.
I. La Policía Boliviana queda encargada de la imposición y cobro de multas a las personas que hubieren incurrido en la infracción de consumo de bebidas alcohólicas o circulación en estado de ebriedad en vía pública.

II. Los Gobiernos Autónomos Municipales son los responsables del cobro de las multas e imposición de clausuras temporales y definitivas a las personas naturales o jurídicas que expendan bebidas alcohólicas en contravención a lo dispuesto en la presente Ley.