ARTÍCULO 19. (PROHIBICIONES AL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS).
Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas (259)
11 de Julio, 2012
Vigente
Regula el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, las acciones e instancias de prevención, protección, rehabilitación, control, restricción y prohibición, estableciendo las sanciones ante el incumplimiento de las mismas.
ARTÍCULO 19. (PROHIBICIONES AL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS).
I. | Queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas a toda persona, en los siguientes casos:
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II. | La Policía Boliviana queda encargada del control de las prohibiciones establecidas en el presente Artículo. |