ARTICULO 40 (Complementación al Artículo 75).

Modificación de la Ley Nº 1715 Reconducción de la Reforma Agraria (3545)

28 de Noviembre, 2006

Vigente

Modifica e incorpora nuevas disposiciones a la Ley 1715 de 18/10/1996 (Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria - INRA).


ARTICULO 40 (Complementación al Artículo 75).
El Parágrafo IV se convierte en Parágrafo V y se incluye el parágrafo IV del Artículo 75, de la siguiente manera:

"IV. Los procesos agrarios en trámite sustanciados ante el Consejo Nacional de Reforma Agraria y el ex – Instituto Nacional de Colonización, serán reconocidos como válidos para el proceso de saneamiento, cuando cuenten con antecedentes en los registros oficiales del Servicio Nacional de Reforma Agraria de acuerdo al Reglamento de esta Ley.