Artículo 246º.-
Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar ((Decreto Ley))
2 de Agosto, 1979
Vigente
Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar - Aprobada por DL 16998 de 02/08/1979
Artículo 246º.-
Los señalizadores, antes de dar la señal de izar una carga, se asegurarán de que:
a) | Todos los cables, cadenas, eslingas y demás aditamentos, estén apropiadamente aplicados a la carga y asegurados al gancho de izar; |
b) | La carga esté apropiadamente equilibrada y que no entre en contacto con ningún otro objeto, de manera que parte de la carga o del objeto pueda desplazarse; y |
c) | Los demás trabajadores no estén en peligro de lesionarse por el izamiento de la carga. |