Artículo 242º.-
Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar ((Decreto Ley))
2 de Agosto, 1979
Vigente
Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar - Aprobada por DL 16998 de 02/08/1979
Artículo 242º.-
Los cables, cadenas, ganchos, eslingas, poleas, frenos y conmutadores de límite serán completamente inspeccionados y probados periódicamente por personal competente y autorizado, los resultados de las pruebas serán registrados en un libro, con las firmas del personal competente.