Artículo 3.- (Plazo, Lugar de Presentación, Constancia de Presentación, Documentos).

Presentación de Estados Financieros o Memoria Anual (SIN 2011 10.0008.11)

14 de Abril, 2011

Abrogada

Establecelos lugares, plazos, condiciones y documentos de los Estados Financieros y/o Memoria Anual, que deben ser presentados por los sujetos pasivos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE).


Artículo 3.- (Plazo, Lugar de Presentación, Constancia de Presentación, Documentos).
I. Plazo. La presentación de los Estados Financieros y/o Memoria Anual en la forma y condiciones establecidas en la presente disposición, deberá ser efectuada conjuntamente con la Declaración Jurada del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) en los plazos determinados en el Artículo 39 del Decreto Supremo Nº 24051 a partir de la gestión fiscal cerrada al 31 de diciembre de 2010, en adelante.

II. Lugar de Presentación.

1. Contribuyentes clasificados como GRACOS, PRICOS y/o NEWTON.

a) Los sujetos pasivos del IUE obligados a llevar registros contables clasificados como GRACOS y PRICOS, deberán presentar sus Estados Financieros y/o Memoria Anual y Declaración Jurada Formulario 605 en Plataforma de las Gerencias GRACO, Distrital y Sectorial de Hidrocarburos de su jurisdicción, debiendo entregar un ejemplar de los documentos establecidos en el Inciso a) del Parágrafo IV del Artículo 3 de la presente disposición.

b) Los sujetos pasivos del IUE obligados a llevar registros contables clasificados como contribuyentes NEWTON que no sean PRICOS o GRACOS, cuyas Ventas y/o Ingresos Brutos anuales, sean iguales o mayores a Bs1.200.000,00 (Un millón doscientos mil 00/100 Bolivianos), deben presentar sus Estados Financieros y/o Memoria Anual y Declaración Jurada Formulario 605, en Plataforma de la Gerencia Distrital de su jurisdicción, deben entregar un ejemplar de los documentos establecidos en los Incisos b), c) y d) (cuando corresponda) del Parágrafo IV del Artículo 3 de la presente disposición.

c) Los contribuyentes NEWTON, cuyas Ventas y/o Ingresos Brutos anuales, sean menores a Bs1.200.000,00 (Un millón doscientos mil 00/100 Bolivianos) y cuando el Formulario 500 presentado a través del Portal Tributario, tenga un impuesto determinado a favor del fisco, que sea pagado en cualquier Entidad Financiera Autorizada, deben presentar junto con el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, Declaración Jurada Formulario 605 y sus Estados Financieros y/o Memoria Anual en dicha entidad, deben exigir el cumplimiento de lo establecido en el Inciso b) del Parágrafo III del Artículo 3 de la presente disposición.

d) Los contribuyentes NEWTON, cuyas Ventas y/o Ingresos Brutos anuales, sean menores a Bs1.200.000,00 (Un millón doscientos mil 00/100 Bolivianos) y cuando el Formulario 500 presentado a través del Portal Tributario, no tenga un impuesto determinado a favor del fisco o teniendo un impuesto determinado a favor del fisco y éste no sea pagado, deberán presentar adjunto a la Declaración Jurada Formulario 605 y sus Estados Financieros y/o Memoria Anual en Plataforma de la Gerencia Distrital de su jurisdicción, debiendo exigir el cumplimiento de lo establecido en el Inciso a) del Parágrafo III del Artículo 3 de la presente disposición, no debiendo dejar ningún ejemplar de los documentos que les correspondan.

2. Contribuyentes RESTO que no son GRACOS, PRICOS y/o NEWTON.

a) Los sujetos pasivos del IUE obligados a llevar registros contables que no se encuentren clasificados como GRACO, PRICO y/o NEWTON, cuyas Ventas y/o Ingresos Brutos anuales, sean iguales o mayores a Bs1.200.000,00 (Un millón doscientos mil 00/100 Bolivianos) deberán presentar sus Estados Financieros y/o Memoria Anual y Declaración Jurada Formulario 605 en Plataforma de la Gerencia Distrital de su jurisdicción, deben cumplir con lo establecido en el Inciso a) del Parágrafo III y entregar un ejemplar de los documentos establecidos en los Incisos b), c) y d) (cuando corresponda) del Parágrafo IV, ambos del Artículo 3 de la presente disposición.

b) Los sujetos pasivos del IUE obligados a llevar registros contables que no se encuentren clasificados como GRACO, PRICO o NEWTON, cuyas Ventas y/o Ingresos Brutos anuales, sean menores a Bs1.200.000,00 (Un millón doscientos mil 00/100 Bolivianos), a momento de presentar sus Declaraciones Juradas Formulario 500 y Formulario 605, deberán presentar también en la misma Entidad Financiera Autorizada, sus Estados Financieros y/o Memoria Anual, debiendo exigir el cumplimiento de lo establecido en el Inciso b) del Parágrafo III del Articulo 3 de la presente disposición.

III. Constancia de Presentación:

a) Los funcionarios de las Gerencias GRACO, Distrital y Sectorial de Hidrocarburos, previa verificación de la presentación de la Declaración Jurada Formulario 605 en la Base de Datos del Servicio de Impuestos Nacionales, sellarán los Estados Financieros y/o Memoria Anual, debiendo verificar la existencia de las siguientes firmas en los documentos que les corresponda presentar:

i) Profesional Registrado en el Colegio correspondiente: Contador, Auditor o Economista.

ii) Titular del NIT, en caso de Empresas Unipersonales.

iii) Representante legal, en caso de Personas Jurídicas.

b) Las Entidades Financieras que reciban Formularios 500 con o sin pago, deben sellar los Estados Financieros y/o la Memoria Anual y el Formulario 605, como constancia de presentación de los mismos, debiendo el contribuyente conservarlos de manera adecuada por el término de la prescripción en su domicilio legal declarado y registrado en la Administración Tributaria.

Las Entidades Financieras que reciban Declaraciones Juradas Formulario 500 y Formulario 605 en documentos físicos con o sin pago, así como aquellos Contribuyentes Newton que presenten por el Portal Tributario, deberán sellar los Estados Financieros y/o la Memoria Anual y la Declaración Jurada.

c) Las Gerencias GRACO, Distritales y Sectorial de Hidrocarburos y las Entidades Financieras sellarán la constancia de presentación en un máximo de cinco ejemplares.

IV. Documentos: Los sujetos pasivos obligados a llevar registros contables deben presentar junto a su Declaración Jurada del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas y la Declaración Jurada Formulario 605, los siguientes documentos:

a) Contribuyentes PRICO Y GRACO.- Deben presentar de forma obligatoria los siguientes documentos, excepto los contribuyentes que elaboran Memoria Anual:

1. Balance General.

2. Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).

3. Estado de Resultados Acumulados y/o Estado de Evolución del Patrimonio.

4. Estado de Cambios de la Situación Financiera o Estado de Flujo de Efectivo.

5. Notas a los Estados Financieros.

6. Dictamen de Auditoría Externa.

7. Información Tributaria Complementaria.

8. Dictamen sobre la información tributaria.

9. Declaración Jurada Formulario 605.

b) Contribuyentes Resto (Newton o No Newton), excepto los contribuyentes que elaboran Memoria Anual, que tengan ingresos menores a Bs1.200.000 (Un millón doscientos mil 00/100 Bolivianos) deben presentar de forma obligatoria los siguientes documentos:

1. Balance General.

2. Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).

3. Estado de Resultados Acumulados y/o Estado de Evolución del Patrimonio.

4. Estado de Cambios de la Situación Financiera o Estado de Flujo de Efectivo.

5. Notas a los Estados Financieros.

6. Declaración Jurada Formulario 605.

c) Contribuyentes Resto (Newton o No Newton), cuyas Ventas y/o Ingresos Brutos anuales, sean iguales o mayores a Bs1.200.000,00 (Un millón doscientos mil 00/100 Bolivianos), deben presentar de forma obligatoria además de los documentos citados en el inciso b) precedente, el Dictamen de Auditoria Externa.

d) Contribuyentes Resto (Newton o No Newton), cuyas Ventas y/o Ingresos Brutos anuales, sean iguales o mayores a Bs15.000.000,00 (Quince millones 00/100 Bolivianos), deben presentar de forma obligatoria además de los documentos citados en los incisos b) y c) precedentes los siguientes documentos:

1. Información Tributaria Complementaria.

2. Dictamen sobre la Información tributaria.

e) Los sujetos pasivos exentos del pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, obligados a presentar la Memoria Anual, deben cumplir con la presentación de los siguientes documentos establecidos en la RND Nº 10-0030-05 de 14 de septiembre de 2005.

1. Estado de Situación Patrimonial.

2. Estado de Actividades.

3. Estado de Flujo de Efectivo.

4. Declaración Jurada Formulario 605.

f) Los sujetos pasivos exentos del pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas obligados a presentar la Memoria Anual, que tengan ingresos anuales iguales o mayores a Bs1.200.000,00 (Un millón doscientos mil 00/100 Bolivianos), deben presentar de forma obligatoria además de los documentos citados en el inciso e) precedente, el Dictamen de Auditoria Externa.

1. Dictamen de Auditoría Externa.

2. Información Tributaria Complementaria.

3. Dictamen Sobre la Información Tributaria.