Artículo 3. (PRINCIPIOS).

Ley 100

4 de Abril, 2011

Vigente

Establece mecanismos de articulación institucional para la ejecución de políticas de desarrollo integral y seguridad en fronteras, y fortalece las capacidades institucionales destinadas a lograr un mejor dominio estatal del territorio de frontera, promover el control efectivo de actividades ilícitas y establecer mecanismos de prevención, control y lucha contra el contrabando e ilícitos en frontera. Modifica también el Código Tributario, el Código Penal y la Ley General de Aduanas.


Artículo 3. (PRINCIPIOS).
Los principios que sustentan la presente Ley son los siguientes:

a) SOBERANIA: Por cuanto el Estado Plurinacional de Bolivia es un Estado soberano, ejerce su autoridad suprema en todo su territorio y de manera particular en las fronteras, siendo el desarrollo integral, seguridad, prevención y lucha contra el tráfico ilícito de sustancias y mercancías, una forma de sentar soberanía boliviana.

b) ACCESIBILIDAD: Todas las bolivianas y los bolivianos, y en particular las naciones y pueblos indígena originario campesinos de las fronteras deben ser participes de los proyectos de desarrollo en el territorio al que pertenecen.

c) COMPLEMENTARIEDAD Y CORRESPONSABILIDAD: EI desarrollo integral de las regiones fronterizas, la defensa del Estado y la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias, productos o mercancías, es tarea de las instituciones públicas del nivel central y de las entidades autónomas.

d) DEFENSA DEL PATRIMONIO: Todas las bolivianas y los bolivianos, y en particular las servidoras y los servidores públicos deben proteger los recursos del Estado dentro de todo su territorio.

e) RESPONSABILIDAD CIUDADANA: Todas las ciudadanas y los ciudadanos, tienen la obligación de contribuir en la defensa del Estado y en la prevención y lucha contra el tráfico ilícito de sustancias, especies y mercancías.

f) RESGUARDO Y SEGURIDAD: Todas las ciudadanas y ciudadanos, tienen el deber de contribuir a la preservación de la seguridad del Estado y de sus bienes.

g) SEGURIDAD CIUDADANA: Las instituciones del Estado y la ciudadanía en general, deben asumir esfuerzos conjuntos para la defensa de los derechos de las personas y la lucha contra la delincuencia.