ARTÍCULO 3. DEFINICIONES.-
Reglamento de Servicio Satelital Directo (DTH) (ROSSD-DTH)
13 de Julio, 1999
Vigente
Reglamento de Servicio Satelital Directo (DTH) - Aprobado por RM 119/1999 de 13/07/1999
ARTÍCULO 3. DEFINICIONES.-
Servicio Satelital Directo – DTH. Es aquel servicio que consiste en la distribución de canales múltiples de programación a abonados que reciben la programación directamente a través de la señal de satélite.
Proveedor de Servicio Satelital Directo – DTH. Es la persona individual o colectiva que en virtud a su concesión otorgada por la Superintendencia de Telecomunicaciones, presta servicio de distribución de canales múltiples de programación de Servicio Satelital Directo – DTH, a sus abonados en el territorio nacional.
Abonado. Son las personas individuales o colectivas que han celebrado un contrato de suministro de servicios con un operador de servicios públicos de Telecomunicaciones, o con otro operador que esté interconectado al primero.
Operador de Estación Espacial. Es aquella persona individual o colectiva que administra, controla y mantiene una estación espacial.
Antenas Receptoras de Servicio Satelital Directo – DTH. Son aquellas antenas de recepción de señales de Servicio Satelital Directo – DTH, que son utilizadas por los abonados y que no tienen la capacidad de transmitir señal alguna.
Proveedor de Servicio Satelital Directo – DTH. Es la persona individual o colectiva que en virtud a su concesión otorgada por la Superintendencia de Telecomunicaciones, presta servicio de distribución de canales múltiples de programación de Servicio Satelital Directo – DTH, a sus abonados en el territorio nacional.
Abonado. Son las personas individuales o colectivas que han celebrado un contrato de suministro de servicios con un operador de servicios públicos de Telecomunicaciones, o con otro operador que esté interconectado al primero.
Operador de Estación Espacial. Es aquella persona individual o colectiva que administra, controla y mantiene una estación espacial.
Antenas Receptoras de Servicio Satelital Directo – DTH. Son aquellas antenas de recepción de señales de Servicio Satelital Directo – DTH, que son utilizadas por los abonados y que no tienen la capacidad de transmitir señal alguna.