ARTÍCULO 13.-

Decreto Supremo 25273

8 de Enero, 1999

Vigente

Regula la participación popular en el Sistema Educativo Nacional (Comité de Padres de Familia, Juntas Escolares, Juntas de Núcleo y Juntas Distritales).


ARTÍCULO 13.-
Son funciones de la Junta Escolar:

1. Supervisar el funcionamiento del servicio escolar en su unidad educativa.

2. Participar en la definición del contenido del proyecto educativo de su unidad educativa y supervisar su ejecución.

3. Controlar la asistencia del director, maestros y personal administrativo de la unidad educativa e informar mensualmente a la Dirección General de Coordinación Funcional del MECyD.

4. Evaluar el comportamiento del director, maestros y personal administrativo de la unidad educativa e informar mensualmente a la Dirección Distrital y al Servicio Departamental de Educación sobre irregularidades detectadas.

5. Velar por el mantenimiento y buen uso de la infraestructura y mobiliario existente en la unidad educativa.

6. Controlar la administración de todos los recursos que la unidad educativa reciba.

7. Representar ante las autoridades educativas pertinentes aquellos acuerdos y decisiones que fueren perjudiciales para el funcionamiento de la unidad educativa.

8. Apoyar el desarrollo de actividades curriculares y extracurriculares programadas por el director y maestros de la unidad educativa.

9. Gestionar ante las autoridades del Gobierno Municipal los recursos para cubrir las necesidades de infraestructura y equipamiento de la unidad educativa.

10. Requerir el procesamiento del director, maestros y personal administrativo de la unidad educativa por faltas graves cometidas en el ejercicio de sus funciones, tales como: violación, abuso o acoso sexual, maltrato físico, adulteración de notas, documentos e información y otros que estuviesen tipificados como delitos en los códigos y leyes vigentes.

11. Definir el destino de los fondos provenientes de los descuentos a los que se refiere el artículo 15 del presente decreto y asumir la responsabilidad de su administración.