Artículo 2. (PRINCIPIOS).
Ley de Derechos de la Madre Tierra (071)
21 de Diciembre, 2010
Vigente
Reconoce los derechos de la Madre Tierra, así como las obligaciones y deberes del Estado Plurinacional y de la sociedad para garantizar el respeto de estos derechos.
Artículo 2. (PRINCIPIOS).
Los principios de obligatorio cumplimiento, que rigen la presente ley son:
| 1. | Armonía. Las actividades humanas, en el marco de la pluralidad y la diversidad, deben lograr equilibrios dinámicos con los ciclos y procesos inherentes a la Madre Tierra. |
| 2. | Bien Colectivo: El interés de la sociedad, en el marco de los derechos de la
Madre Tierra, prevalecen en toda actividad humana y por sobre cualquier
derecho adquirido. |
| 3. | Garantía de regeneración de la Madre Tierra. El Estado en sus diferentes niveles y la sociedad, en armonía con el interés común, deben garantizar las condiciones necesarias para que los diversos sistemas de vida de la Madre Tierra puedan absorber, daños, adaptarse a las perturbaciones, y regenerarse
sin alterar significativamente sus características de estructura y funcionalidad, reconociendo que los sistemas de vida tienen límites en su capacidad de regenerarse, y que la humanidad tienen límites en su capacidad
de revertir sus acciones. |
| 4. | Respeto y defensa de los Derechos de la Madre Tierra. El Estado y
cualquier persona individual o colectiva respetan, protegen y garantizan los
derechos de la Madre Tierra para el Vivir Bien de las generaciones actuales
y las futuras. |
| 5. | No mercantilización. Por el que no pueden ser mercantilizados los sistemas
de vida, ni los procesos que sustentan, ni formar parte del patrimonio
privado de nadie. |
| 6. | Interculturalidad. El ejercicio de los derechos de la Madre Tierra requiere del reconocimiento, recuperación, respeto, protección, y dialogo de la diversidad de sentires, valores, saberes, conocimientos, prácticas, habilidades, trascendencias, transformaciones, ciencias, tecnologías y normas, de todas las culturas del mundo que buscan un convivir en armonía con la naturaleza. |