Artículo 89. (Financiamiento de la Educación).
Ley de la Educacion Avelino Siñani - Elizardo Perez (070)
20 de Diciembre, 2010
Vigente
Aprueba la Ley de la Educación "Avelino Siñani - Elizardo Pérez"
Artículo 89. (Financiamiento de la Educación).
El Sistema Educativo Plurinacional será financiado por el Estado Plurinacional, a través de recursos del Tesoro
General del Estado y de las entidades territoriales autónomas, según corresponda y acorde a la Ley del Presupuesto General del Estado, en concordancia con el Artículo 77 de la Constitución Política del Estado.