Artículo 67. (Profesionales en Ciencias de la Educación y Pedagogía).
Ley de la Educacion Avelino Siñani - Elizardo Perez (070)
20 de Diciembre, 2010
Vigente
Aprueba la Ley de la Educación "Avelino Siñani - Elizardo Pérez"
Artículo 67. (Profesionales en Ciencias de la Educación y Pedagogía).
Las y los profesionales en Ciencias de la Educación y Pedagogía apoyan y fortalecen al Sistema Educativo Plurinacional, cuyas funciones son desarrollar metodologías y técnicas de
orientación educativa, psicopedagogía, educación a distancia, formación pedagógica, investigación, diseño curricular, evaluación de proyectos y procesos educativos, planificación y gestión educativa, sin incorporarse al escalafón docente.