Artículo 67. (Profesionales en Ciencias de la Educación y Pedagogía).

Ley de la Educacion Avelino Siñani - Elizardo Perez (070)

20 de Diciembre, 2010

Vigente

Aprueba la Ley de la Educación "Avelino Siñani - Elizardo Pérez"


Artículo 67. (Profesionales en Ciencias de la Educación y Pedagogía).
Las y los profesionales en Ciencias de la Educación y Pedagogía apoyan y fortalecen al Sistema Educativo Plurinacional, cuyas funciones son desarrollar metodologías y técnicas de orientación educativa, psicopedagogía, educación a distancia, formación pedagógica, investigación, diseño curricular, evaluación de proyectos y procesos educativos, planificación y gestión educativa, sin incorporarse al escalafón docente.