Artículo 13. (Educación Primaria Comunitaria Vocacional).
Ley de la Educacion Avelino Siñani - Elizardo Perez (070)
20 de Diciembre, 2010
Vigente
Aprueba la Ley de la Educación "Avelino Siñani - Elizardo Pérez"
Artículo 13. (Educación Primaria Comunitaria Vocacional).
Comprende la
formación básica, cimiento de todo el proceso de formación posterior y tiene carácter
intracultural, intercultural y plurilingüe. Los conocimientos y la formación cualitativa de las
y los estudiantes, en relación y afinidad con los saberes, las ciencias, las culturas, la
naturaleza y el trabajo creador, orienta su vocación. Este nivel brinda condiciones
necesarias de permanencia de las y los estudiantes; desarrolla todas sus capacidades,
potencialidades, conocimientos, saberes, capacidades comunicativas, ético-morales,
espirituales, afectivas, razonamientos lógicos, científicos, técnicos, tecnológicos y
productivos, educación física, deportiva y artística. De seis años de duración.