Artículo 72. (CLÁUSULA RESIDUAL).
Ley Marco de Autonomías y Descentralización Andrés Abáñez (031)
19 de Julio, 2010
Vigente
Aprueba la Ley Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Abáñez"
Artículo 72. (CLÁUSULA RESIDUAL).
Las competencias no incluidas en el texto
constitucional de acuerdo al Parágrafo II del Artículo 297 de la Constitución Política del Estado
serán atribuidas al nivel central del Estado y éste definirá mediante Ley su asignación de acuerdo al
Parágrafo I del mismo Artículo.