Artículo 74. (REGISTRO Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS).
Ley del Órgano Electoral Plurinacional (018)
16 de Junio, 2010
Vigente
Aprueba la Ley del Órgano Electoral Plurinacional
Artículo 74. (REGISTRO Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS).
| I. | El registro biométrico de datos que componen el Padrón Electoral es permanente y está sujeto a actualización. |
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| II. | La actualización de datos en el Padrón Electoral es permanente y tiene por objeto:
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