Artículo 12. (Exenciones a transacciones de Operaciones de la Bolsa de Valores)
Reglamento al Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) (SIN 2010 10.0011.10)
25 de Mayo, 2010
Vigente
Aprueba el Reglamento al Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF)
Artículo 12. (Exenciones a transacciones de Operaciones de la Bolsa de Valores)
Los sujetos pasivos que soliciten beneficiarse con las exenciones contempladas en el inciso k) del Artículo 9 de la Ley N° 3446 reglamentada por el primer párrafo del inciso l), incisos m) y n), del Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 28815, deberán presentar el Formulario Nº 167 firmado por el Representante Legal de la Agencia de Bolsa o de la Entidad de Depósito de Valores según corresponda, registrado en el Padrón Nacional de Contribuyentes, debiendo acompañar la siguiente documentación:
• | Formulario Nº 167 que debe consignar el número correspondiente al Registro del Mercado de Valores, emitido por la Superintendencia de Valores y Seguros actual Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, adjuntando la fotocopia legalizada del documento de registro. |
• | Comprobante bancario o equivalente con los números de las cuentas de los Agentes de Bolsa o de las Entidades de Depósitos de Valores cuya exención se solicita. |