ARTÍCULO ÚNICO.-
Decreto Supremo 29026
7 de Febrero, 2007
Vigente
Revierte al dominio del Estado boliviano el Complejo
Metalúrgico Vinto con todos sus activos actuales, disponiendo que la empresa
metalúrgica Vinto asuma de inmediato el control administrativo técnico, jurídico y
financiero de acuerdo al artículo 77 del DS 28631 de 08/03/2006 (Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo)
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. | Se revierte al dominio del Estado boliviano el Complejo
Metalúrgico Vinto con todos sus activos actuales, disponiendo que la empresa
metalúrgica Vinto asuma de inmediato el control administrativo técnico, jurídico y
financiero de acuerdo al artículo 77 del Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de
2006 - Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo. |
II. | La Empresa metalúrgica Vinto a través de sus ejecutivos dispondrá las auditorías financieras, técnicas y jurídicas que determinen las responsabilidades de Ley. |