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TRANSPARENCIA DE LA INFORMACION ((Título II))
29 de Enero, 2001
Vigente
Transparencia de la Información.
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Artículo 1° - Aprobación.-
Las modificaciones o incorporaciones a la RNBEF o al Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, previas a ser difundidas mediante Circulares Normativas, al sistema financiero y público en general, son aprobadas por la SBEF a través de Resoluciones.
Artículo 2° - Medios de Difusión.-
La normativa emitida por la SBEF y la legislación aplicable al sistema financiero, actualizada periódicamente por la SBEF, es difundida a través de:
Alternativamente, la SBEF pone a disposición de la entidad supervisada, como medio de difusión,
el aplicativo denominado “Sistema de Difusión de Normativa”, que se encuentra en la red
Supernet http://www.supernet.bo/Normativa y Leyes/sistema de difusión de normativa.. Este
aplicativo puede ser instalado en la entidad supervisada, siendo en este caso responsabilidad de la
entidad supervisada la administración y actualización del mismo.
Artículo 3° - Actualización del aplicativo “Sistema de Difusión de Normativa”.-
La normativa emitida por la SBEF es actualizada a través del aplicativo “Sistema de Difusión de Normativa”, de acuerdo a los pasos establecidos en la opción “ayuda/menú - herramientas/como actualizar el programa”, contenido en el mismo aplicativo.
Adicionalmente, la SBEF envía correos electrónicos a todas aquellas personas naturales o jurídicas que se hayan suscrito informando que ha existido una modificación o incorporación en la RNBEF o en el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, de modo tal que cada entidad supervisada pueda encargarse de la actualización del aplicativo.
Artículo 4° - Obligaciones de la entidad supervisada.-
Para efectos del presente Reglamento son obligaciones de la entidad supervisada las siguientes:
Las modificaciones o incorporaciones a la RNBEF o al Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, previas a ser difundidas mediante Circulares Normativas, al sistema financiero y público en general, son aprobadas por la SBEF a través de Resoluciones.
Artículo 2° - Medios de Difusión.-
La normativa emitida por la SBEF y la legislación aplicable al sistema financiero, actualizada periódicamente por la SBEF, es difundida a través de:
1. | El sitio web de la SBEF (www.sbef.gov.bo – Normas y Leyes) |
2. | La red supernet (www.supernet.bo – Normas y Leyes). |
Artículo 3° - Actualización del aplicativo “Sistema de Difusión de Normativa”.-
La normativa emitida por la SBEF es actualizada a través del aplicativo “Sistema de Difusión de Normativa”, de acuerdo a los pasos establecidos en la opción “ayuda/menú - herramientas/como actualizar el programa”, contenido en el mismo aplicativo.
Adicionalmente, la SBEF envía correos electrónicos a todas aquellas personas naturales o jurídicas que se hayan suscrito informando que ha existido una modificación o incorporación en la RNBEF o en el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, de modo tal que cada entidad supervisada pueda encargarse de la actualización del aplicativo.
Artículo 4° - Obligaciones de la entidad supervisada.-
Para efectos del presente Reglamento son obligaciones de la entidad supervisada las siguientes:
1. | Acceder a la normativa emitida por la SBEF actualizada a través de cualquiera de los medios
de difusión mencionados en el artículo 2° de la presente Sección. |
2. | Tener políticas internas, aprobadas por el Directorio u órgano equivalente, para difundir la
normativa emitida por la SBEF y la legislación vigente aplicable al sistema financiero, a
todos sus funcionarios. |
3. | Si la entidad supervisada ha optado por la alternativa de utilizar el aplicativo “Sistema de Difusión de Normativa”, tiene la obligación de revisar periódicamente si el mismo se encuentra actualizado; así como, de suscribir a los funcionarios que tengan instalado el aplicativo para que “por correo electrónico” reciban el comunicado de las actualizaciones. |